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Reglamento desde 19 de julio de 2010 PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Lunes, 19 de Julio de 2010 00:00

  

  

  

  

  

  

 

 

 

  

SE AUTORIZA A LA CATEGORIA STANDAR EL USO DE RESORTE LIBRE 

CARBURADOR 28mm TRABAJO LIBRE

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y CONDUCTA


CLUB ESCAPE 600 VIGENTE DESDE EL 22 DE SEPTIEMBRE DEL 2006
El espíritu de las actividades organizadas por el CLUB ESCAPE 600, es promover y fomentar la sana entretención, amistad y compañerismo entre quienes participan de estos eventos ya sea como pilotos, mecánicos o como espectadores.
Siendo este el objetivo principal, se debe tener en cuenta que para lograrlo es necesario velar por la seguridad e igualdad de condiciones para quienes participan, por esta razón se hace indispensable regirse por un reglamento de seguridad y conducta que debe ser respetado y seguido por los involucrados en estas actividades.
DE LA CONDUCTA

ART. 1.- Para poder participar en las competencias, los pilotos y mecánicos deberán conocer y respetar el presente reglamento, declarando estar dispuestos a seguir fielmente cada uno de los artículos, para ello deberán firmar una copia del reglamento que quedará en poder de la organización. Al realizar modificaciones en el presente instrumento, la organización deberá informar a los participantes quienes firmarán los anexos o modificaciones incorporadas al reglamento.
ART. 2.- .- Será responsabilidad de cada piloto el comportamiento de sus mecánicos y adjuntos dentro del recinto deportivo. Se autorizara la entrada a pits de los coches a competir mas un vehículo con los elementos y repuestos necesarios. Todo otro vehículo debe estacionarse en el estacionamiento del público.
ART. 3.- Los pilotos y sus mecánicos participan en esta competencia bajo su exclusiva responsabilidad y liberan a los organizadores, socios del club, su directiva, al dueño del recinto, y a la municipalidad de toda responsabilidad por motivo de accidente, dentro del recinto cualquiera sea su origen.
ART- 4.- Queda estrictamente prohibido el ingreso y consumo de bebidas alcohólicas y/o drogas dentro del recinto. Así mismo, queda estrictamente prohibido presentarse a competir o entrar al sector de pits bajo la influencia de alguno de los ya mencionados, para ello la organización se reserva el derecho de examinar por los medios que estime convenientes a los pilotos y sus mecánicos, quienes deberán someterse a dichos exámenes de forma cooperativa. Si alguno de ellos es sorprendido bajo la influencia del alcohol y/o drogas o se negase a ser sometido a los exámenes pertinentes, tanto el piloto como sus mecánicos deberán hacer abandono del recinto de inmediato y serán sancionados con la prohibición de participar en las cinco fechas siguientes y deberán pagar una multa de $50.000,- (cincuenta mil pesos). Si el piloto o alguno de sus mecánicos reincide en esta falta, quedarán automáticamente expulsados de las actividades del club indefinidamente.
ART. 5.- El piloto y/o mecánicos que se expresen de forma inadecuadas hacia cualquier autoridad de la prueba, será sancionado con una fecha de suspensión.
ART. 6.- Todo piloto y/o mecánico que se agredan o amenacen entre sí o a terceros incluso aquellos que no formen parte de la organización, no podrán participar de la competencia en curso. Si ésta situación se produce después de finalizada su participación, serán sancionados con una multa de $50.000,- (cincuenta mil pesos) y suspensión por tres fechas.
ART. 7.- Cualquier persona que agreda verbal o físicamente a alguien de la organización será expulsado de las actividades que el club realiza.
ART. 8.- La única persona indicada para presentar reclamos en la competencia será el piloto, salvo que este se encuentre imposibilitado por razones de fuerza mayor. Para este último caso, nombrará sólo a un representante quien presentará el reclamo ante el DIRECTOR DE LA PRUEBA quien lo discutirá con el o los jueces respectivos. Si el reclamo es presentado por una o más personas que no se encuentren acreditadas, el piloto será sancionado incluyendo su vehículo.
ART. 9.- Las autoridades de la prueba podrán informar o pasar a la comisión de disciplina o directiva correspondiente a él, o los infractores.
ART. 10.- Toda situación no prevista en este reglamento será resuelta por los Comisarios Deportivos y Director de la prueba,o directiva del club
ART. 11.- El club a través de sus representantes, directiva o asamblea se reserva el derecho de admisión o rechazo a cualquier tipo de actividades del club de cualquier persona o team sin expresión de causa.
DE LA SEGURIDAD

ART. 12.- El uso del casco reglamentario es obligatorio, este debe poseer mica transparente o en su defecto se deben utilizar gafas, cualquiera sea el caso, deben encontrarse en buen estado, el casco no debe estar trizado o quebrado, y con su acolchado interior en buenas condiciones, debe poseer broches o sujeciones las que deben estar en buen estado y debe ser usado siempre abrochado debidamente.
ART. 13.- El uso del cinturón de seguridad reglamentario es obligatorio, este debe poseer a lo menos tres puntas, debe estar en óptimo estado de funcionamiento y fijado firmemente a la carrocería.
ART. 14.- La Jaula de seguridad es obligatoria para poder competir, debe estar bien instalada con al menos seis puntos de apoyo y debe contar con protecciones laterales,construida de tubo metálico de al menos 2,5 pulgadas de diámetro por 2 mm mínimo de espesor
ART. 15.- Las puertas deben contar con un seguro tipo, cinturón de seguridad anclado entre jaula y puerta de fácil acceso para conectar o desconectar, esto con el fin de evitar que la puerta se abra en caso de volcamiento pero al mismo tiempo que sea muy fácil de desconectar y abrir la puerta al piloto o a quien preste auxilio.
ART. 16.- El piloto que haya sufrido un accidente que sea calificado como peligroso por el COMISARIO DEPORTIVO, o juez de pista no podrá seguir compitiendo por motivos de seguridad, si el vehículo ha sufrido daños que puedan comprometer la seguridad del piloto, de los demás participantes o de los espectadores, no podrá seguir en competencia, esta evaluación será determinada en conjunto por el REVISOR TÉCNICO Y EL JUEZ DE PISTA quienes tomarán dicha decisión.
ART. 17.- A lo menos las ventanas delanteras de ambos lados, deberán contar con malla protectora cuadriculada independientemente de que use acrílico, no se permitirá el uso de vidrios en dichas ventanas.
ART. 18.- Se prohíbe el uso de parachoques delanteros y/o traseros de cualquier tipo, así mismo como cualquier tipo de ganchos o elementos metálicos sobresalientes.
ART. 19.- Queda prohibido el uso de elementos en la parte interior delantera del vehículo tales como llantas, gatas, herramientas, cajas de herramientas, etc....
ART. 20.- Se permite el uso de un neumático y/o cámara sin llanta como protección debajo del capot en la parte delantera del vehículo.
ART. 21.- No debe existir ningún objeto suelto en el interior o el exterior del vehículo.
ART. 22.- Todo vehículo en competencia, deberá tener bien instalada su batería mediante un marco apernado para evitar que esta se salga de su posición en caso de accidente.
ART. 23.- Será obligatorio tener instalado un cortacorriente en buen estado de funcionamiento, debe estar en un lugar visible y al alcance del piloto y de cualquier persona que eventualmente deba prestar auxilio.
ART. 24.- Es recomendable llevar un extintor certificado y vigente de al menos 1 kilo, para enfrentar en pits o en otras circuntancias cualquier situación de riesgo. y así acudir en apoyo del piloto como de terceros que necesiten auxilio.
ART. 25.- El piloto no debe llevar ningún elemento peligroso tales como atornilladores, llaves, lápices u otros en su vestimenta a fin de evitar daños físicos por causa de estos elementos en caso de accidente.

ART. 26.- Todos los puntos anteriores ya sea en su conjunto como individualmente podrán ser revisados por cualquier miembro de la autoridad deportiva al momento de la inscripción, antes o después de la carrera. Si se detecta alguna infracción a los artículos de este reglamento, será aplicada la sanción estipulada o la que sea resuelta por el comité organizador.
ART. 27.- Todo piloto autorizará a una persona calificada por el club, para que pruebe el estado de funcionamiento de dirección y frenos, mediante una breve conducción así mismo se compromete a dar las facilidades para que sea revisado o destapado el motor o caja de cambios con el fin de verificar si está participando en la categoría que le corresponde.
NOTA MUY IMPORTANTE : Todo participante debe tener claro el riesgo que significa el deporte automovilístico, de lo cual la persona a continuación identificada declara tomar conocimiento y firma en este acto liberando así de toda responsabilidad a la municipalidad, el propietario del predio, nuestros auspiciadotes, el club y su directiva de eventuales accidentes dentro del autodromo.
 
 

 

 

 

 

Última actualización el Jueves, 17 de Noviembre de 2011 20:40
 
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